BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO:
“Este Año estamos Regalones”1. Compañía Garcia Hermanos Agroindustrial SRL (el adelante el “Organizador”), CUIT N°30- 56610835-2 , con domicilio en 9 de julio 322, (CP 3044) Gobernador Crespo, provincia de Santa Fe, el concurso denominado “Este años estamos regalones” (en adelante el “Concurso”) y que se regirá por lo establecido en estas bases y condiciones (en adelante las “Bases”). 2. Validez y Vigencia: El Concurso se desarrollará en todo el territorio de la República Argentina (en adelante el “Territorio”), desde el 1 de abril al 31 de mayo inclusive (en adelanta el “Plazo de Vigencia”). Este Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia participaciones posteriores a la finalización del Plazo de Vigencia del Concurso. 3. Participantes: Podrán participar en el Concurso las personas humanas, mayores de 18 años, domiciliadas en el Territorio, que cumplan con el mecanismo de participación indicado en estas Bases (en adelante “Participantes”). No podrán participar personas jurídicas, los empleados del Organizador, de sus sociedades vinculadas, de sus agencias de promoción y publicidad ni tampoco los cónyuges, los parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive de cualquiera de los anteriores ni sus cónyuges, sea que lo hagan en nombre propio o de terceros. 4. Modo de Participación: Para participar en el Concurso los Participantes deberán, durante el Plazo de Vigencia: (i) Ingresar al sitio Web: www.promotregar.com.ar, (ii) Registrar los datos personales allí requeridos de forma manual, cargar el código alfanumérico que contiene el folleto que se le fue entregado y aceptar estas Bases, (iii) Jugar y finalizar uno de los tres niveles del juego Memo test. Al cumplir con la mecánica dispuesta en los puntos (i) a (iii) precedentes, los Participantes automáticamente estarán participando por el premio de una lonchera con 24 unidades de chocolatadas por 200 ml. Serán descalificados los Participantes que no completen los Datos Personales, los que no los completen correctamente, y los que no terminen el juego del Memo Test. El software utilizado en el Concurso tiene un sistema de seguridad que permite, en forma automática, determinar si cada Código ingresado corresponde a un Código obrante en los folletos entregados o si, por el contrario, se trata de un error o intento de fraude y en estos casos se descalificará al Participante. El Código obrante en un mismo folleto podrá ser utilizado una (1) sola vez. 5. Notificación: El sistema notificará al finalizar la promoción a los ganadores que hayan obtenidos los Premios conforme lo dispuesto en el punto 4. El Organizador se pondrá en contacto con los ganadores a los efectos de coordinar la entrega y corroboración de identidad con el que resultó Potencial Ganador del Premio. Si por cualquier causa no fuere posible contactar a alguno de los potenciales ganadores de Premios Instantáneos (utilizando los datos por este ingresados) hasta 72 hs posterior a la participación del CONCURSO, el Premio Instantáneo quedará en poder del Organizador y dicho Participante nada tendrá que reclamar al Organizador. 6. Asignación y Entrega: Será condición ineludible para la entrega de Premios: (i) la acreditación de identidad del Potencial Ganador; (ii) firmar la documentación legal que requiera el Organizador sobre cesión gratuita del uso de imagen y datos del ganador y permitir ser fotografiado retirando el premio; (iii) tener el folleto con el código que cargo al momento de la participación; y (iiii) Cumplir y haber cumplido con todas y cada una de las establecidas en estas Bases. Habiendo cumplido con dichos recaudos, el Potencial Ganador devendrá en ganador (en adelante el/los “Ganador/es”). Los Premios serán entregados en las oficinas del Organizador, Ortiz de Ocampo 3302, modulo 2 of. 23, CABA, Buenos Aires y/o donde comunique él mismo por el sitio web o vía email al/los ganadores/es. Será condición para la entrega del premio la firma por parte del Ganador del correspondiente recibo de recepción del premio. Si por alguna razón no imputable al Organizador, alguno de los Ganadores se viera imposibilitado de la utilización del premio obtenido, nada tendrá que reclamar al Organizador, ni se realizara reembolso o cambio alguno. No otorgarán derecho a recibir el premio el potencial ganador que hubiere cargado el Código de un folleto que (i) presente roturas, deterioros, raspaduras, perforaciones, o que estén borradas, parcial o totalmente ilegibles o de cualquier otro modo alteradas o adulteradas, (ii) presenten errores de imprenta, mecánicos o de otro tipo, o (iii) respecto de los cuales se alegue su pérdida, robo o hurto o que hayan sido obtenidos ilegalmente. Los Ganadores serán sorteados entre todos los participantes de la promoción y asignados a partir de la utilización de un sistema robotizado que de manera aleatoria establecerá los ganadores. 7. Concurso sin Obligación de Compra: Quienes deseen participar sin la obligación de compra deberán contactarse al 0800 888 8734 de lunes a viernes de 9 a 18 hs, indicando sus datos personales y solicitando un código para participar, el cual reemplazará los datos requeridos del producto participante. Se asignará un código por persona durante la vigencia de la promoción. - 8. Consulta On Line: Estas Bases podrán ser consultadas en el Sitio Web, www.promotregar.com.ar 9. Probabilidades: La probabilidad de ganar alguno de los Premios dependerá de la cantidad de participaciones válidas recibidas y de la cantidad de folletos Participantes entregados en las activaciones promocionales. Teniendo en cuenta los parámetros antes indicados, se estima que la probabilidad de adjudicación dependerá de la cantidad de folletos entregados en las acciones promocionalaes con relación a la cantidad de Premios puestos en juego. 10. Prohibición de Medios Robóticos: Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en el Concurso que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada estas Bases. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la descalificación del Participante. 11. Premios: El programa total de premios puesto en juego en este Concurso será el siguiente: 30 locheras plasticas 720 unidades chocolatadas por 200 ml 12. Alcance de los premios: Los premios no incluyen otro bien o servicio adicional. Los Potenciales Ganadores que devenguen en efectivos Ganadores (conforme se define más adelante), no podrán negociar ningún premio, ni exigir el cambio del premio por otro, ni por un bien distinto al indicado, ni por su valor en dinero. Los premios son intransferibles, y única y exclusivamente podrán ser entregados -y utilizados por- quienes resultaren efectivamente Ganadores. Los Premios no incluyen ninguna prestación, pago, bien o servicio distinto de los indicados en estas Bases y sus ganadores no podrán solicitar su sustitución por otros bienes o servicios. Cualquier modificación en el programa de premios inicialmente previsto, que signifique la incorporación de nuevos premios, implicará su automática ampliación. 13. Uso de datos: En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 7° de la ley 25.326 se informa que: a. Ninguna persona puede ser obligada a proporcionar datos sensibles. b. Los datos sensibles sólo pueden ser recolectados y objeto de tratamiento cuando medien razones de interés general autorizadas por ley. También podrán ser tratados con finalidades estadísticas o científicas cuando no puedan ser identificados sus titulares. c. Queda prohibida la formación de archivos, bancos o registros que almacenen información que directa o indirectamente revele datos sensibles. El Organizador se compromete a no utilizar los datos recolectados con otro fin distinto al objeto de la presente Concurso. Procederá a destruir la totalidad de los datos y/o registros que se obtuvieran pasado un año de la fecha límite de entrega de premios. d. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita en intervalos superiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto, conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley No 25.326 (Disposición 10/2008, artículo 1o, B.O. 18/09/2008). La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, órgano de control de la Ley No 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al cumplimiento de las normas sobre datos personales. Al participar en el Concurso y facilitar sus Datos Personales al Auspiciante, los Participantes prestan expreso consentimiento para que tales datos puedan ser utilizados por el Auspiciante con fines publicitarios y de marketing en general, pudiendo ser contactados por el Auspiciante u Organizador para nuevos eventos / concursos o promociones. La información de los Participantes será tratada en los términos previstos por la Ley Nacional de Protección de Datos Personales, No 25.326. El titular de los datos podrá solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de la base de datos, mandando un mail a marketing@garciahnos.com.ar 14. Garantías y Responsabilidad: El Organizador y/o sus accionistas, y/o directores, y/o gerentes, y/o funcionarios y/o su personal no otorgan garantías de calidad, funcionamiento, ni ninguna otra en relación a éstos premios, debiendo dirigir cualquier reclamo a sus fabricantes y/o proveedores y/o importadores. El Organizador y/o sus accionistas, y/o directores, y/o gerentes, y/o funcionarios y/o su personal no serán responsables (i) por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los Potenciales Ganadores, Ganadores o terceros, en sus personas o bienes, con motivo de, o con relación a, su participación en la Promoción o a la utilización de los premios; ni (ii) por fallas en la redes telefónicas o servicios de internet, desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el normal desarrollo de la Promoción. No se aceptarán reclamos de los Participantes por problemas de conexión en los equipos de informática que imposibiliten la participación de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes Bases. Los Participantes exoneran de responsabilidad al Organizador por el uso indebido de los datos suministrados por parte de terceros. El Organizador no venderá o cederá los datos suministrados sin autorización de los Participantes. Los Participantes por el sólo hecho de participar en el Concurso garantizan: (i) que son únicos y exclusivos responsables por los Datos Personales, Códigos y Respuestas que suministren y (ii) que mantendrán indemne al Organizador de las consecuencias de cualquier reclamo que estos pudieran recibir con relación a o con motivo de la información de tales Datos Personales y Códigos Serán excluidos del Concurso aquellos Participantes que hubieren proporcionado datos falsos, inexactos y/o incompletos. El Organizador podrá prohibir la participación en el Concurso como así también descalificar y no otorgar Premios a las personas que intenten hacer trampas, fraudes, engaños o cualquier otra práctica destinada a procurar ganar de forma ilegítima, molestar, amenazar o acosar a otros Participantes, sin perjuicio de reclamarles los daños y perjuicios irrogados como consecuencia de dicho proceder. 15. Aceptación y autorización: Los Potenciales Ganadores y/o los Ganadores y/o participantes, autorizan al Organizador y/o a su agencia de publicidad a difundir, por el sólo hecho de su participación y como condición para la asignación de los premios, los datos personales, domicilios, imágenes y voces, con fines comerciales, en los medios y formas que el Organizador disponga, sin derecho a compensación alguna, durante el Plazo de Vigencia y hasta tres años de finalizado el Concurso. Los ganadores de Premios se comprometen a dejarse fotografiar al retirar el premio. El Organizador podrá utilizar las fotografías y filmaciones con fines comerciales, en los medios y formas que disponga a su exclusivo criterio, sin derecho a compensación alguna, durante el Plazo de Vigencia y hasta tres años de finalizado el Concurso. 16. Difusión: El Concurso será difundido mediante material publicitario exhibido en las acciones promocionales de vía públicas y puntos de venta. 17. Fuero y Competencia: Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Promoción, los Participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios nacionales con asiento en la Ciudad de Buenos Aires. 18. Consentimiento: La mera Participación en el Concurso implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de las presentes Bases y de todas sus condiciones. Asimismo, la Participación implica el reconocimiento de las decisiones que el Organizador tome con relación al Concurso como de carácter definitivo e inapelable